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Ante la situación de una mujer que está siendo víctima de violencia doméstica o violencia de género por parte de su cónyuge o pareja, resulta imprescindible que la agredida denuncie los hechos de los cuales está siendo víctima.

Muy a menudo, las víctimas no se atreven a presentar denuncia o lo hacen tarde y no recuerdan los detalles de las agresiones físicas y/o verbales llegando a menudo a retractarse de su presentación una vez el procedimiento ha llegado al Juzgado de Guardia, bien sea por la confianza errónea en que el agresor cambiará o bien por miedo de que este pueda cumplir sus amenazas.

Es imprescindible que toda mujer que está siendo víctima de violencia de género se conciencie de que lo es y tome la decisión de denunciar y de llegar con su actuación hasta las últimas consecuencias. En muchas ocasiones resulta imprescindible la ayuda de amigos íntimos y familiares e incluso la asistencia médica y psicológica para que las víctimas lleguen concienciarse realmente de la situación.

La víctima debe saber que existen teléfonos de atención telefónica a su disposición:

–         Servicio de atención telefónica 24 horas para mujeres: 900 900 120

–         Teléfono de atención a la víctima: 900 121 884

Concretamente, en el ámbito de la Catalunya, se cuenta con los siguientes números de atención telefónica:

–         Mossos d’Esquadra: 088

–         Emergències Socials: 112

–         Telèfon d’Atenció al Ciutadà de la Generalitat: 012

Tienen también la posibilidad de dirigirse directamente a los juzgados de guardia de donde se encuentren y, en cualquier momento, al centro hospitalario más cercano a su domicilio.

En el momento de presentar denuncia en comisaría les ofrecerán la posibilidad de contar en ese momento con un letrado especialista en violencia de género o bien de hacerlo más adelante ya en vía judicial.

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Violencia de género. La denuncia

abogado matrimonialista

Mª Eugenia Cruz Torres
Col Icab 30110
Abogada de familia, especialista en divorcios, derecho de familia, violencia doméstica, y nulidades (Acreditada para Nulidades Matrimoniales eclesiásticas por ser Abogada del elenco del Tribunal eclesiástico Archidiócesis de Barcelona num 2.201).

María Eugenia Cruz

Icab 30110

Experta en derecho de familia y VIDO