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¿COMO DENUNCIAR LA VIOLENCIA DE GENERO?

No tan solo la víctima de violencia de género sino que cualquier persona que se encuentre en pleno uso de sus facultades y que tenga conocimiento de unos hechos que puedan resultar constitutivos de delito o falta, deberá denunciarlos.

Recomendamos que la mujer que está siendo víctima de violencia de género llame a la policía para denunciar los hechos en caso de que la inminencia de la agresión le impida desplazarse hasta la comisaría. Dándose esta circunstancia, una patrulla acudirá hasta el lugar en el que se estén produciendo los hechos e iniciará la tramitación del atestado policial. Lo mismo sucederá cuando sea un tercero quien avise a la policía o cuando sean ellos mismos quienes presencien los hechos presuntamente delictivos.

Si la mujer acude personalmente a comisaría a denunciar, le ofrecerán la posibilidad de que sea asesorada, en su declaración o bien más adelante en sede judicial, por un letrado especializado en Violencia de género. Dicho letrado podrá ser de su elección o bien designado de entre las listas de especialistas del Turno de Oficio.

En la denuncia, la victima de violencia de género  deberá hacer un relato detallado de los hechos sucedidos, determinando las fechas en los que se han producido, aportar los datos de posibles testigos de los hechos. Resulta también conveniente aportar, si es que existen, pruebas documentales (denuncias y/ o resoluciones judiciales anteriores, partes médicos, cartas, SMS, correos electrónicos, etc.) de las posibles agresiones físicas o psíquicas tales como vejaciones, coacciones, amenazas, etc., y por los cuales presenta denuncia, identificando los datos personales y de contacto del agresor, la relación que existe entre ellos, si tienen hijos comunes, posibles adicciones del denunciado, etc.

Para garantizar el buen funcionamiento del procedimiento, que la denuncia se presente habiendo transcurrido el menor tiempo posible desde que sucedieron los hechos.

Tras la denuncia, la policía ofrecerá a la mujer la posibilidad de solicitar una orden de protección. A continuación, y en función de la gravedad de los hechos denunciados, la policía localizará o detendrá al denunciado para que preste declaración en sede policial, pudiendo el denunciado acogerse a su derecho a no declarar.

Finalizada la instrucción del Atestado Policial, este será enviado al Juzgado de Guardia encargado de Violencia de género. Será delante de dicha sede judicial donde continúen las actuaciones encaminadas a esclarecer la veracidad y la autoría de los hechos denunciados.

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abogado matrimonialista

Mª Eugenia Cruz Torres
Col Icab 30110
Abogada de familia, especialista en divorcios, derecho de familia, violencia doméstica, y nulidades (Acreditada para Nulidades Matrimoniales eclesiásticas por ser Abogada del elenco del Tribunal eclesiástico Archidiócesis de Barcelona num 2.201).

María Eugenia Cruz

Icab 30110

Experta en derecho de familia y VIDO