Reconocimiento Divorcio

Divorciarse de mutuo acuerdo a través de un divorcio express es un procedimiento relativamente rápido y poco conflictivo dentro de España, pero ¿qué ocurre cuando la pareja tiene vínculos con otros países o cuando el divorcio se dictó en el extranjero? Para que una sentencia de divorcio produzca efectos fuera del país en que fue dictada, debe ser reconocida por el ordenamiento del Estado donde se pretende hacer valer. En este artículo se ofrece una guía completa sobre cómo se reconoce un divorcio express en distintos escenarios internacionales y se detallan los procedimientos aplicables en la Unión Europea, en los países adheridos al Convenio de La Haya de 1970 y en Estados no vinculados por estos instrumentos. Además, se incluyen recomendaciones prácticas para parejas con elementos internacionales y enlaces internos a otros artículos de esta serie para ampliar la información sobre poderes, custodia y liquidación de bienes.

Si aún no conoces los requisitos del divorcio de mutuo acuerdo en España, te recomendamos leer primero nuestra guía general del divorcio express, donde explicamos en detalle qué es un convenio regulador, qué documentación se necesita y qué ventajas tiene esta modalidad. Visita también nuestra página de divorcio express en Barcelona para obtener asesoramiento personalizado.

Marco legal y concepto de reconocimiento

Cuando una resolución judicial se dicta en un país distinto de aquel donde se desea que surta efectos, no basta con presentar una simple copia. Es necesario que las autoridades del país receptor reconozcan la resolución, es decir, que le den validez jurídica en su territorio. El reconocimiento es imprescindible para:

  • Modificar el estado civil en los registros civiles (por ejemplo, inscribir el divorcio en España si se obtuvo en otro país).

  • Hacer valer los efectos patrimoniales o personales de la sentencia (reparto de bienes, pensiones alimenticias, custodia de hijos, etc.).

  • Acceder a nuevos matrimonios sin incurrir en bigamia.

Dependiendo de los vínculos internacionales de los cónyuges, el reconocimiento se rige por distintos instrumentos jurídicos. De forma sintética, los escenarios más habituales son los siguientes:

Unión Europea (salvo Dinamarca)

La libre circulación de sentencias de divorcio y separación se rige por el Reglamento (UE) 2019/1111 (Bruselas II ter). Este reglamento prevé un reconocimiento automático, sin necesidad de procedimiento de exequátur. Para inscribir un divorcio en otro país miembro basta con presentar la copia de la resolución firme y el certificado europeo emitido por el órgano judicial o notarial que dictó la sentencia boe.es. En ocasiones puede requerirse traducción oficial, pero no se exige acudir a un juez para homologar la resolución.

Países adheridos al Convenio de La Haya de 1970

Cuando el divorcio afecta a Estados que han ratificado el Convenio sobre el reconocimiento de divorcios y separaciones legales de 1 de junio de 1970, el reconocimiento tiende a ser más ágil siempre que se cumplan los criterios de residencia habitual o nacionalidad establecidos en el artículo 2 hcch.net y que no concurra un motivo de orden público. Sin embargo, España no es parte de este Convenio; en la lista oficial de Estados contratantes figuran países como Albania, Australia, Italia, Portugal, Reino Unido o Marruecos, pero no España hcch.net. Esto significa que, en las relaciones con España, el Convenio no resulta aplicable y será necesario acudir al exequátur. Para los Estados parte, suele exigirse una copia de la sentencia, pruebas de la competencia (residencia o nacionalidad) y la traducción o legalización de los documentos conforme al derecho interno.

Estados no vinculados (por ejemplo, Estados Unidos, Canadá, China o muchos países de Latinoamérica)

En ausencia de reglamento europeo o convenio de La Haya, el reconocimiento de una sentencia extranjera se tramita mediante exequátur ante el Juzgado de Primera Instancia competente en España. Para que la sentencia produzca efectos, el juez debe comprobar que es auténtica y firme, que ha sido legalizada (apostilla de La Haya), que se acompaña de una traducción jurada y que no contraviene el orden público español exteriores.gob.esexteriores.gob.es. Además, se deberán aportar el certificado literal de matrimonio y otorgar poderes a un abogado y procurador para actuar en el procedimiento.

Las siguientes secciones analizan cada uno de estos marcos con más detalle y ofrecen consejos para gestionar un divorcio con elementos internacionales.

Reconocimiento automático en la Unión Europea

Desde el 1 de agosto de 2022 está en vigor el Reglamento (UE) 2019/1111 del Consejo, conocido como Bruselas II ter, que sustituye al antiguo Reglamento 2201/2003 (Bruselas II bis). Este reglamento se aplica en todos los Estados miembros de la Unión Europea, salvo Dinamarca, y regula la competencia judicial y la libre circulación de resoluciones en materia matrimonial (divorcio, separación legal y nulidad) y de responsabilidad parental.

Principios básicos del reconocimiento y ejecución

El reglamento se basa en el principio de confianza mutua entre los Estados miembros. De acuerdo con su considerando (54), «las resoluciones en materia matrimonial y de responsabilidad parental dictadas en un Estado miembro deben ser reconocidas en todos los Estados miembros sin necesidad de un procedimiento de reconocimiento». En particular, cuando se presenta una resolución de divorcio firme dictada en un Estado miembro, las autoridades del Estado requerido deben reconocerla por ministerio de la ley y actualizar el registro civil correspondiente Esta regla elimina la necesidad de iniciar un procedimiento judicial específico (exequátur), simplificando y acelerando el proceso.

Además de la supresión del exequátur, el reglamento limita los motivos por los cuales una resolución puede ser denegada. El considerando (55) dispone que los motivos de denegación del reconocimiento deben limitarse al mínimo necesario; la lista de motivos es exhaustiva y no puede ampliarse por el derecho interno Entre las causas de denegación se incluyen la contradicción manifiesta con el orden público, la incompatibilidad con una resolución dictada anteriormente en el Estado requerido o la violación del derecho a ser oído, pero no se permite rechazar el reconocimiento por el mero hecho de que la ley aplicable sea distinta.

Procedimiento de reconocimiento

En la práctica, para inscribir en España un divorcio dictado en otro Estado miembro (Francia, Alemania, Italia, etc.) se deben seguir estos pasos:

  • Obtener copia auténtica de la resolución de divorcio o separación. Debe acreditarse que la sentencia es firme (no admite recurso) en el Estado de origen.
  • Solicitar el certificado europeo previsto en el artículo 36 del reglamento. Este certificado, expedido por el órgano judicial que dictó la resolución, acredita que la sentencia es ejecutiva y que se cumple con los requisitos del reglamento.
  • Presentar la documentación en el Registro Civil español para su inscripción. El registro procederá a inscribir el divorcio sin necesidad de autorización judicial; únicamente se comprueba que la documentación esté completa y sea auténtica. No se revisa el fondo de la resolución, salvo para verificar que no concurre algún motivo tasado de denegación.
  • En su caso, traducir los documentos al castellano mediante un traductor jurado. Aunque el reglamento permite que el certificado se expida en la lengua del órgano judicial, las autoridades españolas pueden solicitar traducción si lo consideran necesario.

Gracias a estas medidas, el reconocimiento de divorcios dentro de la UE es rápido y, por regla general, no exige la intervención de abogados ni procuradores. Sin embargo, si existen hijos menores o bienes en varios Estados, conviene asesorarse sobre cuestiones de competencia y de ejecución de medidas patrimoniales y familiares. Para conocer cómo se regulan la guarda y custodia en un divorcio de mutuo acuerdo, consulta nuestro artículo sobre divorcio express con hijos y guarda y custodia. Si uno de los cónyuges se encuentra en el extranjero y no puede comparecer personalmente ante notario o juez, también puede interesarte leer sobre el divorcio express por poderes.

Reconocimiento de divorcios españoles en otros países de la UE

La eficacia de las sentencias de divorcio dictadas en España se extiende automáticamente al resto de los Estados miembros. Por ello, un divorcio express otorgado por notario o aprobado por un letrado de la Administración de Justicia será reconocido sin trámite en países como Francia, Italia o Alemania. Para hacer valer la sentencia, bastará con presentar la copia certificada y el certificado europeo ante la autoridad competente del otro país. Conviene, sin embargo, informar a las autoridades locales y, en su caso, inscribir el divorcio en el registro civil de ese país para actualizar el estado civil y facilitar posteriores gestiones (por ejemplo, matrimonio, herencia o compraventa de bienes).

Convenio de La Haya de 1970: divorcios internacionales fuera de la UE

Aunque existe el Convenio de 1 de junio de 1970 sobre el reconocimiento de divorcios y separaciones legales, administrado por la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado (HCCH), España no lo ha ratificado. Por ello, este instrumento no se aplica a los divorcios que deban reconocerse en España, aunque sí puede ser útil cuando ambos países implicados son Estados contratantes (por ejemplo, Canadá, Marruecos, Australia, Portugal, Italia o el Reino Unido). En estas relaciones, el Convenio facilita el reconocimiento de divorcios y separaciones legales cuando no procede el Reglamento europeo.

Ámbito de aplicación y condiciones de reconocimiento

El artículo 1 del Convenio establece que se aplicará al reconocimiento en un Estado contratante de los divorcios y separaciones legales obtenidos en otro Estado contratante. A diferencia del reglamento europeo, este tratado no establece un reconocimiento automático en todos los casos, pero sí facilita el trámite mediante criterios uniformes sobre competencia y motivos de denegación.

Según el artículo 2, un divorcio o separación se reconocerá en cualquier otro Estado contratante si, a la fecha de inicio del procedimiento en el Estado de origen, se cumple alguno de los siguientes supuestos:

  • Residencia habitual del demandado en el Estado en que se dictó la sentencia.
  • Residencia habitual del demandante, siempre que esta residencia haya durado al menos un año antes de la demanda o que ambos cónyuges hayan tenido allí su última residencia habitual común.
  • Nacionalidad común de los cónyuges en el Estado de origen.
  • Nacionalidad del demandante en el Estado de origen, combinada con su residencia habitual allí o con una residencia de al menos un año durante los dos años anteriores a la demanda.
  • Nacionalidad del demandante y presencia en el Estado de origen cuando la última residencia habitual común estuviera en un Estado cuya ley no admita el divorcio.

Si se cumple cualquiera de estas condiciones, los demás Estados contratantes deben reconocer la sentencia, salvo que concurra algún motivo de denegación contemplado en el Convenio. El artículo 10 permite a cualquier Estado contratante rechazar el reconocimiento cuando el divorcio sea manifiestamente incompatible con su orden público. Además, el Convenio garantiza que el reconocimiento no puede impedir el derecho de contraer nuevo matrimonio (artículo 11) y prevé reglas sobre litispendencia y sistemas jurídicos con varias unidades territoriales (artículos 12-15).

Procedimiento de reconocimiento en países que aplican el Convenio

Aunque el Convenio de La Haya no suprime completamente los trámites internos, en general los Estados que lo han ratificado tienden a reconocer las sentencias de divorcio que cumplen las condiciones anteriores sin necesidad de iniciar un proceso contencioso completo. El procedimiento varía según el ordenamiento de cada país, pero suele consistir en:

  • Comprobar la pertenencia al Convenio y la competencia conforme a los criterios del artículo 2. Las autoridades verifican que el Estado donde se dictó la sentencia y el Estado donde se pretende reconocerla son ambos partes del Convenio, y que la competencia se basó en la residencia habitual o la nacionalidad de los cónyuges.
  • Aportar copia auténtica de la sentencia y documentos que acrediten la residencia o nacionalidad exigidas. La sentencia debe ser firme y venir acompañada de certificados que justifiquen la competencia del tribunal de origen.
  • Legalizar y traducir la sentencia conforme a la legislación del país donde se solicita el reconocimiento (apostilla de La Haya o legalización consular, y traducción jurada al idioma oficial). En muchos casos basta con la Apostilla de 1961, pero cada Estado puede exigir formalidades adicionales.
  • Solicitar la inscripción o reconocimiento ante el registro civil o la autoridad competente del Estado contratante. La autoridad revisará únicamente si se cumplen los requisitos del Convenio y si no concurre un motivo de orden público; no examinará el fondo del asunto.

Es importante recalcar que España no ha ratificado el Convenio de 1970. Por tanto, en las relaciones con España este procedimiento no resulta aplicable y las sentencias de divorcio provenientes de Estados contratantes (como Italia, Portugal o Marruecos) deberán ser reconocidas mediante el exequátur previsto en la legislación española. El Convenio únicamente simplifica el reconocimiento cuando ambos países implicados son partes; si uno de ellos no ha adherido, será necesario acudir al procedimiento general de homologación.

Países sin convenio: el procedimiento de exequátur en España

Cuando la sentencia de divorcio proviene de un país que no pertenece a la Unión Europea ni es parte del Convenio de La Haya de 1970, el reconocimiento se realiza mediante el procedimiento de exequátur. El exequátur es un proceso judicial destinado a reconocer y otorgar validez en España a una resolución extranjera. Está regulado en el artículo 107 del Código Civil y en los artículos 52 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Obligatoriedad del exequátur

La información divulgada por el Consulado General de España en São Paulo explica que, para que una sentencia de divorcio extranjera tenga validez en España, la persona interesada debe solicitar el exequátur ante el Juez de Primera Instancia. Esta exigencia se aplica desde el 15 de enero de 2004 a raíz de la reforma del artículo 955 de la Ley de Enjuiciamiento Civil  El exequátur es imprescindible para inscribir la sentencia extranjera en el acta de matrimonio del Registro Civil español ; sin este trámite, la resolución carece de eficacia en España y no modifica el estado civil de los cónyuges.

Documentos y requisitos

El procedimiento de exequátur pretende garantizar que la sentencia extranjera cumple con estándares básicos de justicia y legalidad. Según el Ministerio de Asuntos Exteriores, los requisitos principales son:

  • Sentencia firme de divorcio. Debe aportarse una copia auténtica que acredite su firmeza (certificado de ejecutoria o equivalente). No se admiten resoluciones provisionales.

  • Apostilla de La Haya o legalización consular. La sentencia debe estar legalizada con la Apostilla de La Haya. Si el país de origen no es parte del Convenio de 1961, será necesaria la legalización consular.

  • Traducción jurada al castellano. La traducción debe realizarse por traductor jurado autorizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores

  • Certificado literal de matrimonio expedido por el Registro Civil español. Permite vincular la sentencia al asiento de matrimonio.

  • Poder notarial a favor de abogado y procurador. La persona que solicita el exequátur debe estar representada por un abogado y un procurador ante el juzgado competente  El poder puede otorgarse en España o en el consulado español si el interesado reside en el extranjero Para más detalles sobre cómo otorgar poderes cuando uno de los cónyuges vive en otro país, consulta nuestro artículo sobre divorcio express por poderes.

Además, el juez exigirá que se aporte prueba de emplazamiento del demandado en el procedimiento extranjero (es decir, que se le haya notificado la demanda y haya tenido la posibilidad de defenderse) y que se acredite que la sentencia no contraviene el orden público español. Estos requisitos derivan del principio de tutela judicial efectiva y del artículo 8 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Tramitación del exequátur

El proceso de exequátur suele desenvolverse de la siguiente manera:

  • Presentación de la demanda de exequátur por el abogado y procurador en el Juzgado de Primera Instancia del domicilio del solicitante en España. La demanda debe incluir la sentencia extranjera, el certificado de firmeza, la apostilla, la traducción jurada, el certificado de matrimonio y la acreditación de haber notificado al demandado.
  • Admisión a trámite y traslado al Ministerio Fiscal, que emite informe sobre el cumplimiento de los requisitos y la no vulneración del orden público.
  • Audiencia del demandado, quien puede comparecer para oponerse al reconocimiento. Si no hay oposición o los motivos alegados no se ajustan a las causas tasadas (orden público, indefensión), el juez dicta auto otorgando el exequátur.
  • Inscripción en el Registro Civil. Una vez que el auto de exequátur es firme, se remite al Registro Civil para practicar la inscripción marginal de divorcio. El exequátur también habilita a los cónyuges para registrar la modificación de bienes, pensiones o custodia acordadas en la sentencia extranjera.

El plazo de tramitación depende de la carga de trabajo del juzgado y de si hay oposición. Normalmente puede prolongarse entre seis meses y un año. Si las partes desean evitar la complejidad y los costes del exequátur, pueden valorar la posibilidad de presentar la demanda de divorcio en España o acudir a un país con Convenio de La Haya (si ello es compatible con su residencia y nacionalidad).

Ejemplo práctico: divorcio de un español en Estados Unidos

Imaginemos que dos cónyuges españoles residentes en Nueva York obtienen allí una sentencia de divorcio. Como Estados Unidos no es parte del Reglamento (UE) 2019/1111 ni del Convenio de La Haya de 1970, para que el divorcio tenga eficacia en España deberán:

  • Solicitar al tribunal estadounidense una copia certificada de la sentencia de divorcio y un certificado que acredite su firmeza.
  • Apostillar estos documentos conforme al Convenio de La Haya de 1961.
  • Encargar una traducción jurada al castellano.
  • Obtener su certificado literal de matrimonio en el Registro Civil donde inscribieron su matrimonio.
  • Otorgar poder a un abogado y procurador españoles para presentar la demanda de exequátur ante el Juzgado de Primera Instancia de su domicilio en España.
  • Tras dictarse el auto de exequátur, remitirlo al Registro Civil para inscribir el divorcio y, en su caso, liquidar bienes o actualizar el régimen de custodia.

Aunque el procedimiento puede parecer tedioso, garantizará que la sentencia norteamericana tenga plenos efectos en España y evitará problemas a la hora de contraer un nuevo matrimonio, vender un inmueble o fijar una pensión.

Reconocimiento de sentencias españolas en otros países

El reconocimiento de un divorcio express dictado en España seguirá reglas similares en el país donde se pretende hacer valer la sentencia:

  • En la Unión Europea: los demás Estados miembros reconocerán la sentencia sin necesidad de procedimiento, de acuerdo con el Reglamento 2019/1111. Bastará con aportar copia de la resolución y el certificado europeo expedido por el tribunal o notaría española.

  • En los países del Convenio de La Haya de 1970: el divorcio español será reconocido si la competencia se basó en la residencia habitual o nacionalidad y siempre que no se vulnere el orden público de ese país. Es recomendable solicitar asesoramiento local para conocer si se requiere alguna formalidad adicional (legalización, traducción). Algunos Estados pueden pedir que la sentencia se inscriba en sus registros consulares.

  • En países sin convenio: cada país aplica sus normas de derecho internacional privado. En general exigen un procedimiento de homologación o exequátur similar al español, así como la apostilla y la traducción. Conviene contactar con el consulado o un abogado local para preparar la documentación y evitar duplicar el procedimiento.

Cuando el matrimonio se celebró en un consulado español y la sentencia se obtiene en España, es aconsejable inscribir el divorcio en el Registro Civil consular del país donde residen los cónyuges. De este modo, el estado civil figurará correctamente en los pasaportes y documentos locales.

Consejos para parejas con elementos internacionales

Si tu relación tiene vínculos con varios países —por ejemplo, porque uno de los cónyuges es extranjero, residís en el extranjero o poseéis bienes en distintos Estados— es fundamental planificar el divorcio con una perspectiva internacional. A continuación se ofrecen algunas recomendaciones:

  • Analiza la jurisdicción más conveniente. Antes de iniciar la demanda, consulta si te conviene divorciarte en España, en el país de residencia o en otro Estado. Factores como el tiempo de residencia, la nacionalidad, la existencia de hijos y la ley aplicable al régimen económico influyen en la competencia y en la validez posterior de la sentencia.
  • Comprueba la normativa de reconocimiento. Verifica si el país donde vives o donde tienes bienes aplica el Reglamento europeo, el Convenio de La Haya o un procedimiento de exequátur. Ello determinará la rapidez y los documentos necesarios. Recuerda que en la UE se aplica un reconocimiento automático; si ambos países han ratificado el Convenio de La Haya de 1970, el reconocimiento se rige por los criterios de residencia habitual o nacionalidad y puede seguir un trámite simplificado; y si uno de los países (como España) no es parte del Convenio, será necesario recurrir al exequátur, lo que puede retrasar el procedimiento varios meses.
  • Prepara la documentación con antelación. Obtén copias certificadas de la sentencia, certifica su firmeza y legalízala (Apostilla de La Haya). Encarga la traducción jurada al idioma del país donde vayas a presentarla. Conserva también el certificado literal de matrimonio y cualquier acuerdo sobre bienes o custodia.
  • Acude a profesionales especializados. En los divorcios de mutuo acuerdo es posible compartir abogado y procurador para reducir costes, pero en contextos internacionales puede ser necesaria la coordinación con abogados de distintos países. Nuestro despacho está especializado en divorcios con elementos de extranjería y puede asesorarte en todas las fases. Para más información sobre la liquidación del régimen económico en divorcios amistosos consulta nuestro artículo sobre divorcio express con bienes, y para cuestiones de custodia internacional visita divorcio express con hijos y guarda y custodia.
  • No descuides los poderes y la representación. Si vives en el extranjero o no puedes asistir personalmente, puedes otorgar un poder especialísimo para divorciarte por poderes ante un notario o letrado de la Administración de Justicia. Encontrarás toda la información en nuestro artículo específico sobre divorcio express por poderes. Este poder también es útil para tramitar el exequátur y para firmar la inscripción en el Registro Civil si no puedes desplazarte.
  • Mantén actualizados los registros civiles. Una vez reconocido el divorcio, asegúrate de que figure en los registros civiles nacionales y consulares correspondientes. Esto evitará problemas al renovar documentos, contraer nuevo matrimonio o tramitar herencias.

El reconocimiento internacional de un divorcio express varía en función del país donde se pretenda hacer valer la sentencia. En el espacio europeo, el Reglamento 2019/1111 garantiza un reconocimiento automático sin necesidad de exequátur, confiando en la resolución dictada por cualquier Estado miembro. Algunos países aplican el Convenio de La Haya de 1970, lo que facilita el reconocimiento de divorcios cuando se basan en la residencia habitual o la nacionalidad de los cónyuges, salvo si vulneran el orden público. Sin embargo, España no ha ratificado este Convenio, por lo que cualquier divorcio extranjero que deba surtir efectos en España y no esté amparado por el Reglamento europeo deberá pasar por el procedimiento de exequátur, con las formalidades de legalización, traducción y representación ante el juzgado.

Planificar con antelación, conocer el marco jurídico aplicable y preparar la documentación adecuada son pasos clave para evitar contratiempos. Si tienes dudas sobre qué procedimiento se adapta mejor a tu caso o necesitas ayuda para tramitar un divorcio con elementos internacionales, nuestro despacho puede asesorarte. Para iniciar tu procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo o resolver cualquier pregunta, visita nuestra página de divorcio express en Barcelona o contacta con nuestros abogados.