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Divorcio Express con bienes

Divorcio Express con bienes

Es el caso de que los cónyuges están de acuerdo en divorciarse y en cómo dividirse los bienes que tienen en común. En este caso es especialmente interesante co asesorarse de las ventajas fiscales existentes en hacer la extinción de los condominios en el proceso de divorcio. En Letrados Barcelona contamos con una larga experiencia en este tipo de asuntos y sabemos que es importante tener experiencia en los aspectos fiscales en cuanto a las valoraciones de los bienes así como hacer una redacción clara de las adjudicaciones en el convenio para no tener problemas de inscripción en el registro de la propiedad

En cuanto a los pasos a seguir son:

  • 1ª Vienen a nuestras oficinas a dejarnos la información necesaria para la redacción del convenio regulador, en este punto les asesoramos de los aspectos fiscales. 
  • 2ª Les redactamos el convenio regulador
  • 3ª Firman el convenio 
  • 4ª Redactamos demanda se envía al procurador quien lo presenta al juzgado
  • 5ª Ratifican en los juzgados
  • 6ª* El juzgado nos manda la sentencia de divorcio (ya están divorciados),
  • 7ª El juzgado inscribe su nueva condición de divorciado en el registro civil, en el caso de los divorciados.

– *Si hay disoluciones de condominio hay un periodo de 30 día para presentar la autoliquidación del AJD y una vez presentado se debe inscribir en el registro de la propiedad

Información necesaria para la redacción del convenio de Divorcio Express con bienes

  • – DNI/NIE, nombre y apellido de cada uno de los miembros del matrimonio.
  • – Dirección de cada uno de ustedes.
  • – Dirección del último domicilio conyugal
  • – Fecha de matrimonio/ inicio de la relación.
  • – Copia de la sentencia de separación si esta existe.
  • – Escrituras de los bienes a repartir
  • – Valor catastral de los inmuebles

Documentación necesaria:

  • 1 Volante de empadronamiento de uno de los dos cónyuges, se obtiene en el ayuntamiento y se entrega al momento, en muchos ayuntamientos hay una máquina que los expide al instante (Caduca a los 3 meses de su expedición).
  • 2 Certificado literal de matrimonio* (Registro Civil de dónde se casaran/ o RCCentral-caduca a los 6 meses),
  • 3 En el caso de que haya hijos de matrimonio aún siendo independientes también será necesario Certificado literal de nacimiento de los hijos*(Registro Civil de dónde nacieron o RC Central).