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La prestación compensatoria y la declaración de la renta
Cabe recordar que es la prestación compensatoria:
Es el derecho a poder solicitar la realización del pago por parte de uno de los cónyuges en favor del otro ya sea en forma de capital (bienes o dinero) o en forma de pensión. Su objetivo es compensar el desequilibro del cónyuge que resulta perjudicado económicamente tras la ruptura de la convivencia respecto a la situación que mantenía durante el matrimonio.

La prestación compensatoria en la declaración de renta e irpf en general:

Yo soy quien recibe la prestación compensatoria: En ese caso al hacer la declaración de la renta debe incluir la cantidad obtenida bajo este concepto* como rendimiento del trabajo no sometido a retención, por tanto afecta a la base imponible anual aún que no se tenga efectos en la eventual retención mensual de la nómina.
Yo soy quien paga la prestación compensatoria: En este caso ud reduce las cantidades entregadas bajo este concepto* de la base imponible, además si ud esta cobrando una nómina y se lo comunica a su empresa podrá se podrá recalcular su retención mensual
Esta breve explicación cubre un 90% de los casos, para casos más concretos se pueden poner en contacto con nosotros en el 93624853 o enviar un mail

* Siempre hacemos referencia a cantidades fijadas en sentencia judicial.