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Una vez ratificado su convenio regulador, el Juzgado dicta sentencia de divorcio. En función del Juzgado en el que hubiera recaído su solicitud de divorcio consensual, puede suceder que salgan directamente de la ratificación con su sentencia de divorcio o bien que tengan que esperar unos días para que el Juzgado la dicte y la notifique a su abogado matrimonialista.

Lo habitual es que lo primero que les envíe su abogado matrimonialista  sea la copia simple de la sentencia. Si desean los testimonios de sentencia, es decir, la sentencia de divorcio pero con el sello del Juzgado y la firma del Secretario Judicial, lo habitual es que se tenga que solicitar al Juzgado por medio de abogado y procurador.

Lo más habitual es que los testimonios de sentencia se tengan que solicitar al Juzgado expresando el motivo por el que se precisa su expedición.

El testimonio de sentencia da fe de la veracidad de la sentencia y su aportación se precisa para realizar gestiones ante Juzgados, organismos y administraciones públicas, entidades bancarias, etc.

En cualquier caso, el Juzgado, se encarga de enviar exhorto al Registro Civil de donde Vs. contrajeran matrimonio con motivo de inscribir en su certificado literal de matrimonio su nuevo estado civil de divorciados. El certificado literal de matrimonio con su correspondiente anotación marginal de divorcio le será necesario para tramitar un nuevo expediente matrimonial encaso de que desee V. volver a contraer matrimonio.