Una de las dudas más frecuentes tras un divorcio es si una persona puede cobrar la pensión de viudedad cuando fallece su ex cónyuge aunque no exista pensión compensatoria.
La regla general en la legislación española es clara: para que una persona divorciada o separada judicialmente tenga derecho a la pensión de viudedad debe ser beneficiaria de una pensión compensatoria reconocida en la sentencia o en el convenio regulador.
No obstante, existen algunos supuestos excepcionales en los que sí se puede acceder a la pensión de viudedad aunque no se hubiera establecido dicha pensión en el divorcio. Si quieres conocer todos los requisitos generales, puedes consultar nuestra guía completa sobre
pensión de viudedad y divorcio.
La regla general: sin pensión compensatoria no hay pensión de viudedad
La normativa de la Seguridad Social establece que, tras un divorcio o una separación judicial, el excónyuge solo podrá acceder a la pensión de viudedad si percibía una pensión compensatoria que se extinga con el fallecimiento del causante.
Esto significa que, si en el convenio regulador o en la sentencia de divorcio no se estableció una pensión compensatoria, en principio no existirá derecho a percibir la pensión de viudedad.
El objetivo de esta norma es proteger a la persona que dependía económicamente del otro cónyuge tras el divorcio.
Excepciones: cuándo se puede cobrar pensión de viudedad sin pensión compensatoria
Aunque la regla general exige la existencia de una pensión compensatoria, la legislación prevé algunos supuestos en los que el excónyuge puede acceder a la pensión de viudedad aunque no la percibiera.
Casos de violencia de género
Las mujeres que acrediten haber sido víctimas de violencia de género en el momento de la separación judicial o el divorcio tienen derecho a la pensión de viudedad aunque no exista pensión compensatoria.
Esta situación debe acreditarse mediante sentencia, orden de protección u otros medios admitidos legalmente.
Divorcios anteriores a 2008 y mayores de 65 años
La legislación también prevé algunos supuestos en los que es posible acceder a la pensión de viudedad sin pensión compensatoria.
- Personas mayores de 65 años: siempre que el matrimonio hubiera durado al menos 15 años y el solicitante no tenga derecho a otra pensión pública.
- Divorcios o separaciones anteriores a 2008: puede reconocerse el derecho si entre el divorcio y el fallecimiento no han pasado más de 10 años, el matrimonio duró al menos 10 años y existen hijos comunes o el solicitante tiene más de 50 años.
Diferencia entre separación y divorcio para la pensión de viudedad
Desde el punto de vista de la pensión de viudedad, la separación judicial y el divorcio tienen un tratamiento muy similar en la legislación de la Seguridad Social.
En ambos casos, para que el excónyuge tenga derecho a la pensión de viudedad suele ser necesario que exista una pensión compensatoria reconocida en la sentencia o en el convenio regulador aprobado judicialmente.
La principal diferencia entre ambas situaciones es jurídica:
- Separación judicial: el matrimonio no se disuelve, pero cesa la convivencia entre los cónyuges.
- Divorcio: el vínculo matrimonial se disuelve definitivamente y las partes pueden volver a contraer matrimonio.
Sin embargo, a efectos del acceso a la pensión de viudedad, la normativa exige prácticamente los mismos requisitos tanto en los casos de separación judicial como en los de divorcio.
Debe distinguirse esta situación de la separación de hecho. Cuando los cónyuges se separan sin intervención judicial, el vínculo matrimonial sigue vigente y el superviviente mantiene la condición de cónyuge a efectos de la pensión de viudedad.
Ejemplo práctico
Imaginemos un matrimonio que se divorcia después de veinte años de convivencia. En el convenio regulador ambas partes acuerdan no establecer una pensión compensatoria.
Años más tarde fallece uno de los ex cónyuges.
En este caso, salvo que se cumpla alguna de las excepciones previstas por la ley, el excónyuge superviviente no tendrá derecho a la pensión de viudedad, ya que no existía una pensión compensatoria reconocida en la sentencia de divorcio.
Cuándo puede cobrar pensión de viudedad una persona divorciada
| Supuesto | ¿Requiere pensión compensatoria? | Condiciones principales |
|---|---|---|
| Regla general | Sí | Debe existir pensión compensatoria reconocida en sentencia o convenio regulador que se extinga con el fallecimiento. |
| Víctima de violencia de género | No | Debe acreditarse que la persona era víctima de violencia de género en el momento de la separación o el divorcio. |
| Divorcios o separaciones anteriores a 2008 | No | El matrimonio duró al menos 10 años y entre el divorcio y el fallecimiento no han pasado más de 10 años, salvo que existan hijos comunes. |
| Matrimonios de larga duración en personas mayores | No | Personas con 65 o más años, matrimonio de al menos 15 años y sin derecho a otra pensión pública. |
Qué ocurre si existen varios ex cónyuges
Cuando el fallecido ha tenido varios matrimonios, la pensión de viudedad puede repartirse entre el cónyuge actual y los excónyuges que tengan derecho a ella.
La distribución se realiza normalmente en proporción al tiempo de convivencia con el fallecido durante cada matrimonio.
No obstante, la ley garantiza que el cónyuge actual o la pareja de hecho superviviente reciba al menos el 40 % del total de la pensión.
Error frecuente en los divorcios de mutuo acuerdo
En muchos divorcios de mutuo acuerdo las partes deciden no establecer una pensión compensatoria para simplificar el proceso o porque consideran que no es necesaria en ese momento.
Sin embargo, esta decisión puede tener consecuencias importantes en el futuro.
Renunciar a la pensión compensatoria puede implicar que posteriormente no se pueda acceder a la pensión de viudedad si el ex cónyuge fallece.
Por este motivo, antes de firmar un convenio regulador es recomendable analizar las consecuencias jurídicas y económicas a largo plazo.
Normativa aplicable
La regulación de la pensión de viudedad puede consultarse en la normativa oficial:
Abogados expertos en divorcio y pensión de viudedad
Las decisiones que se toman durante un proceso de divorcio pueden tener consecuencias económicas importantes en el futuro. La existencia o no de una pensión compensatoria puede determinar si una persona tendrá derecho a la pensión de viudedad años después.
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