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En este post ponemos a su disposición gratis un modelo de contrato de arrendamiento de la vivienda habitual, sin embargo les recomendamos que ante una situación tan importante tanto por parte del arrendador como del arrendatario contraten los sevicios de un experto.

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA

REUNIDOS

Don/ña [   ], mayor de edad, de nacionalidad [   ] con DNI núm [   ], con domicilio en [   ] en su propio nombre y representación (o en nombre y representación de…..Don/ña…). En adelante le/la ARRENDADOR/A.
Don/ña [   ], mayor de edad, de nacionalidad [   ] con DNI núm [   ], con domicilio en [   ] en su propio nombre y representación. En adelante el/la ARRENDATARIO/A.

INTERVIENEN

Ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad jurídica para contratar y obligarse y en especial para el otorgamiento del presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA HABITUAL.

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ANTECEDENTES

1.- La Arrendadora es propietaria de la vivienda sita en [   ], calle [   ].Referencia catastral: 2.- El arrendatario está interesado en el alquiler de la vivienda descrita para su uso como vivienda habitual. 3.- Por lo que otorgan el presente contrato con sujeción a los siguientes,

PACTOS

PRIMERO. REGULACION.- El presente contrato se otorga conforme a lo establecido en la Ley de arrendamientos urbanos.

SEGUNDO. OBJETO. El objeto del presente contrato lo constituye la  finca sita en [   ], que se destinará exclusivamente a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.

TERCERO.- DURACION.- El plazo de duración del presente contrato se establece por un período de un año. Llegado el vencimiento del contrato, éste se prorrogará por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de tres años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.

CUARTO.- PRÓRROGA.- Llegado el plazo mínimo de tres años, si ninguna de las partes notifica a la otra, por escrito y de forma fehaciente, con un plazo mínimo de treinta días de antelación a aquella fecha su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará durante un año más.

QUINTO.- RENTA Y ACTUALIZACION.- La renta inicial pactada es de [   ] (0,00) EUROS MENSUALES durante el primer año de vigencia del contrato. Las partes convienen que la renta total que en cada momento satisfaga la  arrendataria se incrementará en la fecha que se cumpla cada año de vigencia del contrato, y al término de cada una de ellas, según la variación porcentual experimentada por el índice  general nacional del sistema de índices de precios de consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato, y en la sucesivas, el que corresponda al último aplicado. La renta actualizada será exigible a la arrendataria a partir del mes siguiente en que la arrendadora se lo notifique por escrito. Será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la mensualidad del pago procedente.

SEXTO.- FORMA DE PAGO.- El pago de la renta se verificará por adelantado, dentro de los cinco primeros días de cada mes, mediante recibo domiciliado con cargo en la cuenta corriente de la entidad financiera señalada por la arrendataria, que es la siguiente: El arrendador queda eximido de entregar recibo de pago al arrendatario.

SÉPTIMO.-IMPUESTOS.- El pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y el de cualquier otro que grave la finca está incluido en la renta. No obstante, los aumentos que se produzcan en dicho impuesto o en el/los impuestos que lo sustituyan, y los aumentos que se produzcan en cualquier otro impuesto, arbitrio o tasa del Estado, Comunidad Autónoma, provincia o municipio sobre o que grave la finca serán repercutidos al arrendatario en la proporción que se aumenten.

OCTAVO.- OBLIGACIONES DE LA ARRENDATARIA.- La arrendataria asume expresamente las siguientes obligaciones: Al pago de la renta aumentos e incrementos legales, dentro de los cinco primeros días de cada mes, mediante domiciliación bancaria. A destinar el inmueble arrendado únicamente a vivienda habitual y permanente para sí y sus familiares. A comunicar a la arrendadora cualquier incidencia o desperfecto hallado en el interior de la vivienda en el plazo más breve posible. A permitir el acceso en la vivienda a la propiedad, su administrador, y a los operarios o industriales mandados por ambos, para la realización inspección y comprobación de cualquier clase de obras o reparaciones que afecten al inmueble. A cumplir en todo momento con los Estatutos, las normas de régimen interior y los acuerdos de la Comunidad de propietarios en orden a la utilización de los servicios, los elementos comunes y el buen régimen de convivencia. A sufragar las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda o que sean imputables al arrendatario, así como los gastos ocasionados por los desperfectos que se produzcan en la vivienda arrendada como consecuencia del uso de la misma.

NOVENO.- CAUSAS DE TERMINACIÓN DEL ALQUILER.  Será causas de resolución del presente contrato de arrendamiento de vivienda, además de las legalmente establecidas, el incumplimiento por parte de la parte arrendataria de cualquiera de las obligaciones asumidas en el pacto Octavo del presente contrato.

DECIMO.- OBRAS.- El arrendatario no podrá practicar obras de clase alguna en la vivienda sin previo permiso por escrito por el arrendador. En todo caso, las obras así autorizadas serán de cargo y cuenta del arrendatario y quedarán en beneficio de la finca, sin derecho a indemnización o reclamación en momento alguno, obligándose la arrendataria a reponer a su costa el estado original de la vivienda, si así se le exigiere. El incumplimiento por parte del arrendatario de las obligaciones derivadas en este pacto dará lugar a la resolución del presente contrato.

DECIMOPRIMERO.-CONSERVACIÓN. El arrendatario declara conocer las características y estado de conservación de la finca y aceptarlas expresamente y se obliga a conservarla en perfecto estado para el uso al que se destina. _Tendrá que devolverla, cuando finalice el contrato, a plena satisfacción de la propiedad.

DECIMOSEGUNDO.- SUMINISTROS.- La adquisición, conservación, reparación o sustitución de los contadores de suministros y el importe de los consumos de agua, gas, luz y teléfono son de cuenta y cargo del arrendatario. El inmueble se alquila en el estado actual de las acometidas generales y ramales o líneas existentes correspondientes al mismo, para los suministros de los que está dotado el inmueble. El arrendatario podrá concertar con las respectivas compañías suministradoras todos o algunos de los suministros de que está dotado el inmueble, con total indemnidad de la propiedad. Si se hubiere de efectuar alguna modificación en las instalaciones particulares del inmueble arrendado su coste será íntegramente a cargo del arrendatario, caso de que le interese y desee continuar con el suministro de que se trata, pero previamente deberá someter a la propiedad, para su aprobación, el informe y proyecto de las variaciones que en cada caso deban realizarse.

DECIMOTERCERO.- FIANZA.- El arrendatario entrega en este acto, de conformidad con el artículo 36 de la LAU, una  mensualidad de renta en concepto de FIANZA por importe de [   ] EUROS.

DECIMOCUARTO.- NOTIFICACIONES.- A efectos de recibir cualquier notificación vinculada con los derechos y obligaciones reconocidos en este contrato se designa la dirección que consta en el encabezamiento del contrato para el arrendador, y el de la vivienda que es objeto de arrendamiento para el arrendatario. Y para que conste, ambas partes firman el presente contrato por duplicado ejemplar y a un solo efecto.

En [   ] a [   ] de [   ] de [   ]

EL ARRENDADOR                                     EL ARRENDATARIO[/expand]

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