Se trataría de solicitar la modificación de medidas definitivas de sentencia. Si ambos están de acuerdo, se solicitará la modificación de medidas de mutuo acuerdo. Nuevamente, su abogado redactará un convenio regulador haciendo constar las circunstancias que han variado desde que se dictara sentencia de divorcio (medidas paterno-filiales y/o económicas) y se presentará demanda en el Juzgado que deberá estar firmada por abogado y procurador.
Dándose la circunstancia de que no exista acuerdo para plantear la modificación de medidas de sentencia, podrá suscitarse un procedimiento contencioso, es decir, que la modificación la puede instar una de las partes en contra de la otra. En el procedimiento contencioso, cada una de las partes deberá tener su propio abogado y procurador, deberán probar las pretensiones ejercitadas y, tras la celebración de vista, el Juez dictará sentencia en la que se declare o no la modificación de medidas definitivas de sentencia. La sentencia podrá ser recurrida dentro de los términos y con los requisitos legalmente establecidos.