Podemos entender como un accidente laboral toda lesión corporal que el trabajador sufra o haya sufrido en ejercicio de su trabajo, incluyendo tanto a trabajadores por cuenta ajena como a trabajadores autónomos.
Específicamente, cuando hablamos de un Accidente In Itinere, nos estamos refiriendo al accidente laboral que ocurre cuando el trabajador se moviliza desde su domicilio al lugar de trabajo o viceversa. Tal y como nos dice la Ley General de la Seguridad Social en su artículo 157.
Veamos algunos aspectos que hay que tener en cuenta cuando hablamos de los Accidentes In Itinere.
¿Cuáles son los requisitos para que sea considerado Accidente In Itinere?
Hay algunos requisitos que deben ser cumplidos para que un Accidente In Itinere sea considerado como tal, estos son los siguientes:
- Requisito Teleológico: Este requisito se refiere a que el único fin del desplazamiento debe ser ir o volver del sitio de trabajo, pudiendo considerarse también dentro de este requisito el asistir a una revisión médica por parte de la empresa, a una cena de la empresa, entre otros casos.
- Requisito cronológico: Este se refiere a que es necesario que el accidente suceda durante las horas en las cuales se va o se vuelve de trabajo, como también durante el tiempo que normalmente se utiliza para ello.
- Requisito del medio habitual: este se refiere a que el trayecto en el que ocurra el accidente debe ser recorrido en el medio de transporte, y este no represente ningún peligro para el trabajador.
- Requisito espacial: Este se refiere a que es necesario que el accidente haya ocurrido durante el trayecto entre el domicilio y el lugar de trabajo, sin que para ello hayan desviaciones por cuestiones personales. Quien sufra el accidente en cuestión debe usar un camino habitual, normal o usual.
¿Cuál es la importancia del domicilio en los Accidentes In Itinere?
Para que un accidente In Itinere sea considerado como tal, además de cumplir con los requisitos antes mencionados, es necesario que la persona ya haya abandonado su domicilio. Puesto que, aunque el trabajador se disponga a dirigirse hacia el lugar de trabajado, sino ha abandonado su domicilio, no se podrá entender como un accidente de trabajo In Itinere. No es lo mismo sufrir una caída al salir del baño del domicilio que sufrirla en el portal del mismo, la primera no será considerada como una accidente de trabajo, la segunda si puede ser considerada como tal.
La culpa del trabajador
Sin embargo, hay algunos casos en los cuales el trabajador ha tenido la culpa exclusiva del accidente, lo que hace que no pueda ser considerado como un accidente de trabajo, puesto que se ha actuado con negligencia o con imprudencia.
Un ejemplo que se puede dar de este caso es cuando un trabajador sufre un accidente de tránsito con dirección al sitio de trabajo, pero estando bajo los efectos de estupefacientes o de alcohol. Otros casos comunes que excluyen estos accidentes de ser considerados como accidentes laborales suceden cuando se infringen leyes de tránsito, como no usar cinturón de seguridad.
Abogado laboral en Barcelona
En caso de haber sufrido un accidente In itinere, es pertinente contactar con un Abogado especialista en derecho laboral, que pueda asesorar de forma pertinente para que se pueda cobrar la debida indemnización.